Desde el próximo 15 de septiembre y hasta el día 22 de noviembre queda abierto el plazo para proceder al pago voluntario del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) referente al año 2021 en el Ayuntamiento de Miranda de Ebro para aquellos empresarios que no tengan domiciliado el recibo.

Los contribuyentes que no tengan domiciliado el pago del impuesto podrán realizar el ingreso antes de la fecha límite del 22 de noviembre en cualquier oficina de las entidades colaboradoras bancarias con las que tiene convenio el Ayuntamiento. Asimismo, podrá realizarse el pago a través de la banca electrónica de las entidades colaboradoras que tengan habilitado este servicio para sus clientes, o mediante cualquier tarjeta de crédito o débito a través de la pasarela de pagos de la sede electrónica del Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Miranda de Ebro ha informado de que en caso de que no se reciba el documento de pago o se haya extraviado el mismo, se podrá solicitar un duplicado en la Recaudación Municipal, por teléfono o correo electrónico, o descargarlo de la sede electrónica del Ayuntamiento.

El consistorio recuerda que para evitar molestias y esperas innecesarias se recomienda la conveniencia de la domiciliación bancaria como forma de pago del tributo. La domiciliación deberá tramitarse por Internet a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Miranda de Ebro o en el departamento de Recaudación Municipal mediante documento habilitado al efecto. Eso sí, la domiciliación deberá hacerse al menos con dos meses de antelación a la apertura del periodo voluntario de cobro para que surta efectos en la cobranza de ese ejercicio, y tendrá validez por tiempo indefinido en tanto no sea anulada por el interesado, rechazada por la Entidad de depósito o la Administración no disponga expresamente su invalidez por causa justificada.

Incumplimiento del pago

Transcurrido el periodo voluntario de pago, las deudas impagadas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, según lo dispuesto en la Ley.

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