La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio declara peligro medio de incendios forestales en las nueve provincias de Castilla y León del 27 de marzo al 6 de abril de 2026.
La previsión meteorológica actual indica que durante los próximos días se producirán humedades relativas mínimas por debajo del 30 %, vientos por encima de los 30 km/h e inestabilidad atmosférica en capas bajas. Estas condiciones conllevan un aumento de la probabilidad de ignición, así como de la propagación, elevando el peligro de incendios forestales por encima de la media esperada.
Se solicita a la población colaboración para que extreme la prudencia en sus actividades de trabajo y ocio al aire libre para evitar situaciones de riesgo que puedan producir un incendio forestal.
Esta declaración implica que se reforzarán los medios del operativo INFOCAL para atajar los conatos que puedan producirse.
Se ha reforzado el personal de guardia, tanto de agentes medioambientales como de técnicos especialistas en extinción, se mantienen cuadrillas helitransportadas en todas las bases y todas las autobombas. También hay activados cuadrillas terrestres, unidades de brigada y autobomba y retenes de maquinaria.
Con efecto de esta declaración entran en vigor las medidas preventivas específicas establecidas para esta época de peligro en la Orden FYM/510/2013 por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas en Castilla y León.
Se suspenden las autorizaciones concedidas para estas fechas de quema en monte y en los terrenos rústicos a menos de 400 metros del mismo, quema de matorral, de pastos, restos agrícolas, forestales y otros restos de vegetación.
Sí podrán hacerse, como hasta ahora, las quemas de restos vegetales acumulados en pequeños montones situados en terrenos labrados, huertos y prados, que requieren comunicación al Servicio Territorial de Medio Ambiente, pero con una antelación mínima de 48 horas respecto a la fecha de realización de la quema y el aviso al agente medioambiental de la zona antes de iniciar la quema.
El lanzamiento de cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego requiere de la correspondiente autorización.
No existen restricciones específicas en este periodo para las labores agrícolas.































