Un total de 24 empresas, nueve instaladas en la Plaza de Abastos y quince con espacio en el Vivero, han presentado solicitudes a la convocatoria de ayudas del Ayuntamiento de Miranda. Las destinadas al Centro Histórico, por el contrario, no han contado con ninguna petición.

Estas ayudas municipales tienen el objetivo de colaborar económicamente a empresas y autónomos instalados en estos entornos, y cuentan con una partida presupuestaria de 25.000 euros en el caso de las ayudas al Centro Histórico y Plaza de Abastos; y 80.000 para el Vivero de Empresas.

Una vez recibidas las solicitudes, el paso siguiente es la comprobación de los datos pertinentes en función de las bases que rigen las convocatorias, que fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos el día 18 de mayo de 2021. 

En el caso de las ayudas del Centro Histórico y Plaza de Abastos, los beneficiarios son autónomos y las pequeñas y medianas empresas (pymes) que tengan su domicilio fiscal en Miranda de Ebro y cuyas actuaciones objeto de subvención se realicen durante el año 2021 en establecimientos comerciales, existentes o de nueva creación, ubicados en el centro histórico de Miranda de Ebro así como en los locales comerciales de la Plaza de Abastos. Se destinan a empresas minoristas, por lo que quedan excluidas del listado de posibles beneficiarios las grandes empresas de distribución; las empresas dedicadas a actividades con regulación específica, las empresas que se dediquen a la comercialización de productos vinculados a la contratación de servicios y los bares y restaurantes.

Las ayudas, de un máximo de 5.000 euros por solicitante (IVA no incluido), cubrirán hasta un 80 por ciento de la inversión a realizar en obras o reformas para la apertura de un nuevo local comercial o para su modernización o en la compra de elementos de equipamiento.

La ayuda para la realización de obras o reformas será de hasta un 80% de la inversión subvencionable con un máximo de 5.000 euros por solicitante. En todos los casos, el IVA está excluido.

En cuanto a las ayudas del Vivero de Empresas, se aplicarán a autónomos y empresas cuya actividad se haya iniciado en un plazo inferior a ocho años antes de la fecha de la publicación de la presente convocatoria. Es necesario, además, que la empresa solicitante esté instalada físicamente en el vivero de empresas durante el año 2021 ya sea en oficinas, en naves o en espacios compartidos de trabajo (coworking).

Asimismo, también pueden beneficiarse de esta convocatoria de ayudas todas aquellas actividades económicas, independientemente de su antigüedad, instaladas físicamente en el vivero de empresas hasta que cumplan un año desde su fecha de instalación. En este caso, solo podrán beneficiarse de las ayudas durante el periodo de instalación correspondiente a 2021 y hasta cumplir el primer año desde su instalación en el vivero.

En esta línea de ayudas, donde el máximo a percibir por cada empresa varía en función de la línea concreta y se financia igualmente a fondo perdido hasta un 80 por ciento de los gastos, se refieren a ayudas para cubrir gastos generados relativos a la formalización y amortización de préstamos necesarios para el inicio de la actividad empresarial en su primer año (máximo de 6.000 euros); ayudas para cubrir gastos relacionados con la ocupación de los espacios en los que se desarrollan las actividades empresariales en el vivero de empresas (4.500 euros); ayudas para gastos por el funcionamiento normal de la instalación (hasta 500 euros); ayudas para los gastos derivados del alta de la actividad empresarial por inicio de ésta, en relación con las cuotas a la Seguridad Social (hasta 500 euros); ayudas para gastos derivados de publicidad y propaganda (1.500 euros); ayudas para los gastos derivados de la gestión de la prevención de riesgos laborales (500 euros); ayudas para gastos derivados de la contratación de personal (2.000 euros por puesto de trabajo creado a tiempo completo), ayudas para gastos derivados de la adquisición en propiedad de equipos informáticos y bienes industriales (1.500 euros).

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