La Junta de Castilla y León ha emitido propuesta de sanción al Ayuntamiento de Miranda de Ebro por la celebración de la Cabalgata de Reyes del pasado 5 de enero, que a juicio del Gobierno autonómico incumplió la normativa establecida para actos de este tipo, «sin reunir los requisitos legalmente establecidos para su celebración».
Hace unos días el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, ya advirtió de la posibilidad de sancionar a los ayuntamientos que organizaron este tipo de eventos contraponiendo las normas establecidas por el ejecutivo autonómico, que prohibían la celebración de cabalgatas en movimiento que pusieran en riesgo la salud de la población por la aglomeración de personas y la posibilidad de contagio.
Y finalmente la Junta ha sancionado por «infracción grave de la normativa en vigor» a un total de 15 municipios de la Comunidad. En la provincia burgalesa el único ayuntamiento sancionado ha sido el de Miranda de Ebro, que se enfrenta a una multa económica de 3.001 euros.
En los hechos expuestos por la Junta en la sanción, advierten de que el acto consistió «en el desplazamiento en vehículos descapotables por distintas calles de la localidad de personas caracterizadas como Reyes Magos». En este sentido aseguran que la celebración del citado evento no tuvo lugar en un recinto acotado ni se realizó de forma estática tal y como se establecía en la normativa vigente. Por el contrario, «se desarrolló de forma itinerante transcurriendo por diferentes calles de la localidad, apreciándose una concurrencia de más de 15 personas siguiendo el evento como público».
La sanción también recuerda las normas establecidas en este sentido. De esta forma se permitía la celebración de este tipo de actos «en recintos acotados, estableciendo por diferentes lugares la entrada y salida del público y en el caso de cabalgatas y similares deberán realizarse de forma estática». Además señala que «el público asistente deberá permanecer sentado y no se podrá superar el 50% del aforo, debiendo garantizarse una distancia mínima interpersonal de al menos 1,5 metros y el uso de la mascarilla».
Así las cosas, la Junta de Castilla y León da un plazo de 10 días para que los ayuntamientos formulen alegaciones y presenten los documentos y justificaciones pertinentes para defender el cumplimiento de la normativa.