La Federación de Servicios Públicos de UGT Burgos ha ganado la demanda de conflicto colectivo presentada en solitario frente a las empresa que componían la UTE Miranda de Ebro, anterior adjudicataria del servicio de recogida de basuras en la ciudad, y frente a CESPA Gestión de Residuos, actual adjudicataria del contrato.
La demanda pretendía que la empresa reconociera el exceso de jornada que se producía al obligar a los conductores de noche a trabajar 16 domingos y festivos al año, a mayores de la jornada establecida en el convenio colectivo.
La sentencia reconoce como hecho probado que la empresa, a mayores de la jornada semanal de 35 horas obliga a los conductores de noche a trabajar en días no laborables tanto domingos como festivos a razón de 5 horas por día, a pesar de haber manifestado varios trabajadores su rechazo a prestar servicios en dichas fechas.
También expresa que se han presentado las pertinentes denuncias ante ala Inspección de Trabajo por no respetar los descansos mínimos semanales, y que a pesar del requerimiento de la Inspección a respetar los descansos mínimos establecidos por la ley, la empresa hizo caso omiso.
La sentencia afecta tanto a la empresa adjudicataria en el momento de la demanda como a la actual, ya que no acepta su planteamiento de “falta de legitimación pasiva” por no afectar a la nulidad del calendario laboral, obligando también a Cespa Gestión de Residuos obligándola a elaborar un nuevo calendario para 2020 en que se respeten los derechos de descanso semanal y la jornada máxima.
UGT ya presentó en diciembre de 2019 las oportunas demandas individuales reclamando el pago de las horas extras realizadas en los 16 festivos de 2018 y 2019, y esta sentencia nos confirma en el derecho de los trabajadores.
Igualmente y dado que el año 2020 ya ha vencido y se han realizado las horas extra por exceso de jornada plantearemos las reclamaciones individuales correspondientes a 2020, para lo cual mantenemos ya los contactos con los trabajadores afectados.
Desde UGT recuerdan a la empresa «que es su obligación elaborar un calendario para 2021 que respete el contenido íntegro de la reciente sentencia, esto es, respeto a los descansos mínimos semanales y a la jornada máxima anual».