El próximo lunes, 3 de octubre, se abre el plazo para realizar el segundo pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el cual se extenderá hasta el día 5 de diciembre. Así lo indica la publicación realizada hoy por el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos (BOPBUR), donde además se indica que dicho pago corresponde únicamente a bienes inmuebles de naturaleza urbana, bienes inmuebles características especiales y bienes inmuebles de naturaleza rústica con valor de construcción.

Los contribuyentes que no tengan domiciliado el pago del referido impuesto, podrán realizar el ingreso, antes de la fecha límite (5 de diciembre) en cualquier oficina de las entidades colaboradoras que a continuación se indican, durante los días que sean hábiles para las mismas dentro del periodo y en su horario de atención al público. Estas son: Caixabank, Santander, BBVA, Kutxabank, Ibercaja y Caja Viva – Caja Rural.

Asimismo, podrá realizarse el pago a través de la banca electrónica de las entidades colaboradoras enumeradas que tengan habilitado este servicio para sus clientes o mediante cualquier tarjeta de crédito o débito a través de la pasarela de pagos de la sede electrónica del ayuntamiento.

Los recibos domiciliados se cargarán en cuenta a partir del día 28 de noviembre de 2022.

El documento de pago servirá como justificante de pago con la validación mecánica o firma y sello autorizado de la entidad financiera. Los recibos no domiciliados son enviados por correo ordinario al domicilio del contribuyente.

En caso de que no se reciba el documento de pago en el domicilio o de extravío del mismo, se podrá solicitar un duplicado en la Recaudación Municipal, en el teléfono 947 349 112 o en el correo electrónico recaudacion@mirandadeebro.es (indicando titular, NIF, teléfono de contacto y situación del inmueble), o en el Servicio de Atención Ciudadana.

Para evitar molestias y esperas innecesarias se recuerda la conveniencia de domiciliación bancaria como forma de pago del tributo. La misma debe tramitarse por internet a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Miranda de Ebro o en el departamento de Recaudación Municipal, mediante documentado habilitado al efecto.

La domiciliación deberá hacerse al menos con dos meses de antelación a la apertura del periodo voluntario de cobro. Tendrá validez por tiempo indefinido en tanto no sea anulada por el interesado, rechazada por la entidad de depósito o la Administración no disponga expresamente su invalidez por causa justificada.

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