La Junta de Castilla y León vuelve a restringir el consumo en barra y de pie en el interior de los establecimientos de hostelería, restauración y sociedades gastronómicas . Además se limita el aforo al 75 por ciento en interiores y se adelanta el horario de cierre de los locales a las 01:30 horas.

Estas son solo algunas de las medidas aprobadas este lunes por la Junta para contener el aumento de los contagios por la Covid-19. De esta forma, tal y como adelantó el vicepresidente de la Junta, Francisco Igea, la semana pasada, este lunes se ha celebrado un Consejo de Gobierno extraordinario donde se han adoptado medidas especiales y recomendaciones centradas en la hostelería y restauración, el ocio nocturno y las celebraciones o espectáculos públicos.

Y es que la Junta de Castilla y León considera que la adopción de estas medidas y recomendaciones es la intervención más eficaz para reforzar las ya adoptadas con anterioridad, por cuanto pretende contener el incremento de los contagios en tanto se va avanzando en el proceso de vacunación, muy limitado en su velocidad inicial por la escasa llegada de viales en las últimas semanas.

Asimismo, se incorpora una recomendación general a las autoridades competentes de evitar la celebración de eventos multitudinarios, y se establecen una serie de recomendaciones para aquellas actividades en las que se produce una mayor interacción social, como por ejemplo el cierre nocturno de parques o limitar aforos en piscinas o playas fluviales.

De esta forma el consumo en el interior de los establecimientos de hostelería, restauración, sociedades gastronómicas y cualquier otro establecimiento, no podrá realizarse en barra o de pie, y deberá realizarse en mesa y no podrá superarse el 75 por ciento del aforo, con una limitación máxima de ocupación por mesa o agrupación de mesas de 10 personas. Además se suprime cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie, como cócteles, o similares.

Se establece como horario de cierre del interior de estos establecimientos las 01:30 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 01:00 horas.

Las discotecas y salas de fiesta para consumo en el interior del local permanecerán cerrados, al igual que las peñas. El consumo en las terrazas al aire libre de estos establecimientos, si las hubiera, se desarrollará en las mismas condiciones que el resto de las terrazas, con el horario administrativo que les corresponda.

Los establecimientos en los que se desarrollen actividades de ocio y entretenimiento como pubs, karaokes, o bares especiales tendrán como horario de cierre del interior las 01:30 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 01:00 horas. El consumo dentro de ests locales no se podrá efectuar en barra o de pie, salvo para pedir y recoger la consumición.

La celebración de actuaciones musicales, verbenas, bailes públicos y similares en espacios públicos, incluidos los llamados pasacalles, deberá realizarse con el público sentado, con uso de mascarilla, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila en espacios cerrados en caso de asientos fijos, o con 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.

No se permite el consumo de alimentos y bebidas durante los espectáculos a que se refiere el párrafo anterior, y la celebración de este tipo de actividades deberá finalizar, como máximo, a las 01:30 horas.

La celebración de procesiones y romerías en vías y espacios públicos deberán realizarse en un recinto acotado, con aforo máximo del 75 por ciento con un límite máximo de 1.000 personas al aire libre. Los asistentes deberán estar sentados.

Por otro lado se mantendrán cerrados los parques y espacios asimilados delimitados y susceptibles de cierre desde las 00:00 hasta las 07:00 horas, y se reforzarán los controles para impedir el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos.

Recomendaciones:

El acuerdo del Consejo de Gobierno tiene un segundo gran bloque, referido en este caso a recomendaciones para todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

Así, se recomienda en primer lugar limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

Se plantea además reducir el aforo máximo en piscinas al aire libre al 75 % y en piscinas cubiertas al 50 %, y se aconseja adelantar el horario de cierre en una hora al habitualmente establecido. Las limitaciones se plantean también para el acceso a playas fluviales y lacustres a partir de las 20:00 horas.

La Junta de Castilla y León recomienda desarrollar actividades teatrales en vías o espacios públicos con el público sentado y con un límite de aforo de 100 personas al aire libre, y no beber ni consumir alimentos durante la celebración de los citados espectáculos.

Otro de los consejos se refiere a desarrollar actividades de tiempo libre dirigidas a la población juvenil con las limitaciones y requisitos como imitar el aforo al 75 por ciento con un máximo de 200 personas incluyendo monitores. Cuando se desarrollen en espacios cerrados, se recomienda un aforo del 75 % de la capacidad máxima del recinto, con un máximo de 100 participantes incluidos los monitores.

Asimismo, se recomienda que las actividades se realicen en grupos inferiores a las 14 personas participantes, incluidos los monitores correspondientes.

Estas medidas que surtirán efecto durante un periodo de 14 días sujeto a revisión, y entran en vigor hoy mismo, a partir de su publicación mañana en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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